Legislación › Ley 8/2017, de 7 de abril, integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la Comunitat Valenciana.
Artículo 6. Prohibición de las terapias.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de abril de 2017 y la del 1 de junio de 2025.
Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (27 palabras).
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Artículo 6. Prohibición de las terapias de aversión. terapias.
Se prohíbe la práctica de prohíben las terapias de aversión, conversión que puedan suponer una agresión o contracondicionamiento intimidación a la persona trans, destinadas a modificar la identidad o expresión de género de las personas trans. estas personas, siendo posible acogerse a acompañamiento siempre que se opte libre y voluntariamente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de agosto de 2026 En vigor | BOE-A-2026-16931 | Leer | Qué cambió |
| 6 de mayo de 2026 | BOE-A-2026-9794 | Leer | Qué cambió |
| 1 de junio de 2025 | BOE-A-2025-11959 | Leer | Qué cambió |
| 12 de abril de 2017 | Texto original | Leer |


