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Legislación › Decreto Legislativo 1/2017, de 27 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Gestión de Emergencias.

Artículo 52. Régimen aplicable.

Artículo 52. Régimen aplicable.

El régimen estatutario del personal de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento será el previsto para el resto del personal de las administraciones públicas vascas a las que pertenezcan en todo lo no previsto expresamente en la presente ley y las normas que la desarrollen.

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