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Legislación › Orden DEF/426/2017, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Régimen del profesorado de los centros docentes militares.

Disposición transitoria primera. Aptitud pedagógica.

Disposición transitoria primera. Aptitud pedagógica.

Los profesores de los centros docentes militares que no cuenten con el reconocimiento de la aptitud pedagógica necesaria para ejercer tendrán el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta orden ministerial para obtener la referida aptitud.

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