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Legislación › Orden DEF/464/2017, de 19 de mayo, por la que se aprueban las normas que regulan la enseñanza de perfeccionamiento y de Altos Estudios de la Defensa Nacional.

ANEXO

ANEXO

Currículo del curso.............................................................................................................

(Espacio para Subdirección General de Enseñanza Militar: Código de Identificación)

Índice

1. Descripción general del curso.

– Denominación.

– Objetivo u objetivos del curso.

– Tipo de curso atendiendo a su finalidad.

– Categoría a la que pertenece A, B, C, D o E (cuando proceda).

– Carga de trabajo expresada en créditos ECTS u horas, según el caso, con su equivalente en ECTS en los casos que esta conversión sea posible. En los cursos de tropa y marinería, este concepto será la duración en horas. En los cursos indistintos la unidad de medida será la correspondiente al perfil de ingreso con el menor empleo.

– Idioma en el que se imparte el curso.

– Centro docente militar responsable del desarrollo del curso.

– Centro docente militar o unidad, centro u organismo en el que se desarrolla el curso.

– Modalidad de enseñanza, presencial, semipresencial, o no presencial.

– Número máximo de alumnos por curso.

2. Justificación del curso basada en la necesidad organizativa u operativa o en los intereses de la defensa nacional.

3. El perfil de egreso, expresado en competencias y/o resultados de aprendizaje que el alumno debe adquirir al finalizar el proceso formativo.

4. Sistema de admisión al curso:

– Perfil de ingreso y los sistemas de selección de alumnos, incluyendo los requisitos del personal militar o civil al que va dirigido.

– Empleo o categoría (en el caso de personal civil).

– Formación previa (incluido nivel de idiomas, cuando proceda) y experiencia.

– Condiciones físicas necesarias (si las hubiera), así como la posibilidad de asistencia de personal «Apto con limitaciones» (cuando proceda).

– Sistema de selección.

– Apoyo y orientación al alumno.

– Reconocimientos, convalidaciones y homologaciones.

5. Plan de estudios.

Estructura general del Plan de Estudios.

– Descripción de los módulos que contendrá, al menos, las competencias generales y específicas, resultados de aprendizaje, los contenidos, la metodología de enseñanza-aprendizaje y los criterios de evaluación, así como la planificación temporal de los módulos y materias.

6. Requisitos del profesorado y personal de apoyo.

– Número total de personal académico.

– Perfil del profesorado.

– Experiencia docente e investigadora requerida.

– Experiencia profesional en el campo de actividad.

– Personal de apoyo necesario.

7. Recursos materiales y servicios necesarios para impartir el curso.

8. Efectos de la superación de la actividad formativa y resultados previstos.

– Servidumbres. De destino, servidumbre de tiempo de destino y servidumbre de tiempo de servicios efectivos conforme a lo establecido en el artículo 5.2 del Reglamento de adquisición y pérdida de la condición militar y situaciones administrativas de los militares profesionales, aprobado por Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre.

– Resultados previstos definidos en tasas de éxito y de abandono.

9. Sistema de garantía interna de la calidad.

– Responsables del sistema de garantía interna de la calidad del plan de estudios.

– Procedimientos de evaluación y mejora de la calidad de la enseñanza.

– Procedimientos para la recogida y análisis de la satisfacción de los distintos colectivos implicados.

– Procedimiento de recogida y análisis de sugerencias y reclamaciones.

– Mecanismos de publicidad del curso.

– Necesidad de evaluación de las competencias profesionales adquiridas.

En los centros docentes militares que tengan implantado un sistema de aseguramiento interno de la calidad según lo establecido en el Real Decreto 93/2022, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la calidad de la enseñanza militar y de su evaluación, no será necesario incluir los puntos anteriores, sino que bastará con hacer referencia a la existencia de dicho sistema de aseguramiento interno de la calidad.

10. Calendario de implantación.

Cronograma del proceso de puesta en marcha del nuevo plan de estudio con indicaciones, referidas al número de alumnos y trayectorias o itinerarios con respecto al tiempo en que se implanten.

Anexos:

– Informe de viabilidad aprobado por la autoridad competente.

– Diligencia de verificación por parte de la Subdirección General de Enseñanza Militar.

– Otros.

11. Modelo de documento acreditativo de superación del curso.

Se modifica el apartado 1 por el art. 1.9 de la Orden DEF/494/2025, de 9 de mayo. BOE-A-2025-9740

Se modifican los apartados 1, 3, 4 y 9 y se añade el 11 por el art. 1.15 y 16 de la Orden DEF/187/2023, de 21 de febrero. BOE-A-2023-5259

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de junio de 2025 En vigor BOE-A-2025-9740 Leer Qué cambió
20 de marzo de 2023 BOE-A-2023-5259 Leer Qué cambió
13 de junio de 2017 Texto original Leer

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