Legislación › Real Decreto 512/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil.
Artículo 14. Secretaría permanente para la evaluación y clasificación.
Artículo 14. Secretaría permanente para la evaluación y clasificación.
Los órganos de evaluación serán apoyados en su labor específica por la Secretaría permanente para la evaluación y clasificación (SEPEC), dependiente del Mando de Personal de la Guardia Civil, de acuerdo con las funciones que le sean asignadas.
Se modifica por el art.1.2 del Real Decreto 802/2022, de 4 de octubre. BOE-A-2022-16197
Téngase en cuenta para su aplicación la disposición final única del citado Real Decreto.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de octubre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-16197 | Leer | Qué cambió |
| 28 de mayo de 2017 | Texto original | Leer |


