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Legislación › Real Decreto 512/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil.

Artículo 14. Secretaría permanente para la evaluación y clasificación.

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Artículo 14. Secretaría permanente para la evaluación y clasificación.
Los órganos de evaluación serán apoyados en su labor específica por la Secretaría permanente para la evaluación y clasificación (SEPEC), dependiente de la Subdirección General del Mando de Personal de la Guardia Civil, de acuerdo con las funciones que le sean asignadas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de octubre de 2022 En vigor BOE-A-2022-16197 Leer Qué cambió
28 de mayo de 2017 Texto original Leer

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