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Legislación › Real Decreto 579/2017, de 9 de junio, por el que se regulan determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados.

Artículo 40. Registro de Fabricantes, Importadores y Distribuidores de productos a base de hierbas para fumar.

Artículo 40. Registro de Fabricantes, Importadores y Distribuidores de productos a base de hierbas para fumar.

1. Se crea el Registro de Fabricantes, Importadores y Distribuidores de productos a base de hierbas para fumar con la finalidad de recopilar y ordenar la información sobre los mismos.

2. El registro tendrá naturaleza administrativa y estará adscrito a la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación, que será el órgano responsable del mismo.

3. Mediante orden de la persona titular del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se determinarán las características y contenido del registro.

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