Legislación › Ley 10/2017, de 11 de mayo, por la que se regula la Iniciativa Legislativa Popular ante Les Corts.
Artículo 18. Justificación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de mayo de 2017 y la del 1 de junio de 2025.
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Artículo 18. Justificación.
1. Con la finalidad de verlos compensados, la comisión promotora presentará ante la Mesa de Les Corts la justificación de los gastos realizados para difundir la proposición de ley y recoger las firmas correspondientes, siempre que la proposición aludida haya conseguido el mínimo de 10.000 firmas autenticadas que exige la presente ley. Tiene la consideración de gasto acreditado sin necesidad de justificación hasta un 10 % del efectuado. (Suprimido)
2. El escrito de solicitud, junto con la documentación justificativa de los gastos realizados, podrá presentarse en el plazo de tres meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la proposición de ley en el «Butlletí Oficial de les Corts» a que se refiere el artículo 14.
3. La comisión promotora tiene la obligación de hacer público el origen de la financiación de la iniciativa legislativa ciudadana y, en su caso, las entidades o asociaciones que le dan apoyo, y de rendir cuentas públicamente con total transparencia de los gastos realizados.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de junio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-11959 | Leer | Qué cambió |
| 24 de mayo de 2017 | Texto original | Leer |


