Legislación › Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
Artículo 34. Tipo de gravamen y cuota.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de mayo de 2020 y la del 11 de junio de 2020.
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Artículo 34. Tipo de gravamen y cuota.
1. La cuota tributaria se obtiene de multiplicar el número de estancias por el tipo del gravamen correspondiente según el tipo de establecimiento o equipamiento turístico y localización, de acuerdo con la tarifa siguiente:
Tipo de establecimiento
·
Tarifa general (en euros)
·
Tarifa especial
(en euros)
·
Barcelona ciudad
·
Resto de Cataluña
·
1. Hotel de 5 estrellas, gran lujo, camping de lujo y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente.
·
3,50
·
3,00
·
5,00
·
2. Hotel de 4 estrellas y 4 estrellas superior, y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente.
·
1,70
·
1,20
·
3,50
·
3. Vivienda de uso turístico.
·
2,25
·
1,00
·
–
·
4. Resto de campings y resto de establecimientos y equipamientos.
·
1,00
·
0,60
·
2,50
·
5. Embarcación de crucero.
·
·
·
·
Más de 12 horas.
·
3,00
·
3,00
·
·
12 o menos o menos.
·
1,00
·
1,00
·
·
2. La tarifa especial es aplicable a las estancias en los establecimientos que, dentro de un centro recreativo turístico, estén situados en las áreas en que se admiten actividades de juego y apuestas.
3. En el supuesto de reserva anticipada del alojamiento, la tarifa aplicable es la vigente en el momento de realizar la reserva siempre que se satisfaga en este momento el importe de la reserva y del impuesto incluido, en su caso, el recargo al que se refiere el artículo 34 bis.
Téngase en cuenta que, los efectos de la modificación de las tarifas previstas en el apartado 3, por la Ley 5/2020, de 29 de abril. BOE-A-2020-5569, se producirán a partir 1 de enero de 2021, según se establece en el art. 1.1 del Decreto-ley 23/2020, de 9 de junio. BOE-A-2020-8753
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de abril de 2026 En vigor | BOE-A-2026-6642 | Leer | Qué cambió |
| 17 de octubre de 2025 | BOE-A-2026-561 | Leer | Qué cambió |
| 14 de mayo de 2025 | BOE-A-2025-14601 | Leer | Qué cambió |
| 1 de mayo de 2025 | BOE-A-2025-10273 | Leer | Qué cambió |
| 27 de marzo de 2025 | BOE-A-2025-10271 | Leer | Qué cambió |
| 1 de abril de 2023 | BOE-A-2023-10344 | Leer | Qué cambió |
| 21 de mayo de 2021 | BOE-A-2021-10261 | Leer | Qué cambió |
| 11 de junio de 2020 | BOE-A-2020-8753 | Leer | Qué cambió |
| 1 de mayo de 2020 | BOE-A-2020-5569 | Leer | Qué cambió |
| 1 de abril de 2017 | BOE-A-2017-7168 | Leer | Qué cambió |
| 1 de abril de 2017 | Texto original | Leer |


