Legislación › Ley Foral 8/2017, de 19 de junio, para la igualdad social de las personas LGTBI+.
Artículo 36. Medidas en el ámbito de la Cooperación Internacional al Desarrollo.
Artículo 36. Medidas en el ámbito de la Cooperación Internacional al Desarrollo.
1. En los ejes de las políticas de cooperación y fomento de la paz y de los derechos humanos que lleve a cabo el Gobierno de Navarra, se impulsarán expresamente aquellos proyectos que promuevan y defiendan el derecho a la vida, la igualdad, la libertad y la no discriminación de las personas LGTBI+ en aquellos países en que estos derechos sean negados o dificultados, legal o socialmente, por razón de orientación sexual, expresión de género e identidad sexual o de género, así como la protección de personas frente a persecuciones y represalias.
2. Deben impulsarse acciones para introducir la diversidad en lo relativo a la orientación sexual, la expresión de género y la identidad sexual o de género como un área más de trabajo en el ámbito de la inmigración. Apoyar a las personas que han sufrido persecución o represalias en sus países de origen por razón de orientación sexual, expresión de género e identidad sexual o de género.


