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Ley Foral 8/2017, de 19 de junio, para la igualdad social de las personas LGTBI+.
En vigor Comunidad Foral de Navarra · Publicada el 21 de julio de 2017 · Último cambio el 31 de diciembre de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto de la ley foral.
- Artículo 2. Finalidad.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación y garantía de cumplimiento.
- Artículo 4. Principios y derechos reconocidos.
- Artículo 5. Definiciones.
- Artículo 6. Cláusula general antidiscriminatoria.
- Artículo 7. Reconocimiento y apoyo institucional. 2 redacciones · cambió el 31/12/2021
- TÍTULO I
- Artículo 8. Órgano Coordinador para la Igualdad LGTBI+.
- Artículo 9. Consejo Navarro LGTBI+.
- Artículo 10. Atención a víctimas de violencia por homofobia, lesbofobia, bifobia o transfobia.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 11. Formación y sensibilización.
- Artículo 12. Deber de intervención.
- CAPÍTULO II
- Artículo 13. Apoyo y protección a colectivos vulnerables.
- CAPÍTULO III
- Artículo 14. Protección del derecho a la salud física, mental, sexual y reproductiva.
- Artículo 15. Protocolo de atención integral a personas transexuales y transgénero.
- Artículo 16. Estadísticas y tratamiento de datos.
- Artículo 17. Protocolo de atención integral a personas intersexuales.
- Artículo 18. Atención sanitaria en el ámbito reproductivo y genital de las personas LGTBI+.
- Artículo 19. Formación del personal sanitario.
- Artículo 20. Campañas de prevención de enfermedades de transmisión sexual.
- Artículo 21. Consentimiento.
- Artículo 22. Documentación.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 23. Protección de la diversidad familiar.
- Artículo 24. Adopción y acogimiento familiar.
- Artículo 25. Violencia en el ámbito familiar.
- CAPÍTULO V
- Artículo 26. Deber de intervención.
- Artículo 27. Planes y contenidos educativos.
- Artículo 28. Acciones de formación y divulgación.
- Artículo 29. Protocolo de actuación ante comportamientos y actitudes discriminatorias por homofobia, lesbofobia, bifobia y/o transfobia.
- Artículo 30. Educación Universitaria.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 31. Integración del derecho a la igualdad de trato y oportunidades de las personas LGTBI+.
- Artículo 32. Medidas y actuaciones en el ámbito laboral.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 33. Protección de la juventud LGTBI+.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 34. Promoción de una cultura inclusiva.
- Artículo 35. Deporte, ocio y tiempo libre.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 36. Medidas en el ámbito de la Cooperación Internacional al Desarrollo.
- CAPÍTULO X
- Artículo 37. Tratamiento igualitario de la información y la comunicación.
- Artículo 38. Código deontológico.
- CAPÍTULO XI
- Artículo 39. Protocolo de atención policial ante delitos de odio.
- Artículo 40. Orden público y privación de libertad.
- TÍTULO III
- Artículo 41. Personas transexuales, transgénero y personas intersexuales.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 42. Tutela judicial y administrativa del derecho a la igualdad de las personas LGTBI+.
- Artículo 43. Legitimación para la defensa del derecho a la igualdad de las personas LGTBI+.
- CAPÍTULO II
- Artículo 44. Documentación.
- Artículo 45. Contratación administrativa y subvenciones.
- Artículo 46. Formación del personal de las Administraciones Públicas.
- Artículo 47. Evaluación de impacto sobre orientación sexual, expresión de género e identidad sexual o de género.
- Artículo 48. Criterio de actuación de la Administración.
- CAPÍTULO III
- Artículo 49. Derecho de admisión.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 50. Derecho a una protección integral, real y efectiva.
- Artículo 51. Contravención de la ley en el ámbito contractual.
- Artículo 52. Derecho a la atención y a la asistencia jurídica.
- Artículo 53. Inversión de la carga de la prueba.
- CAPÍTULO V
- Artículo 54. Concepto de infracción.
- Artículo 55. Responsabilidad.
- Artículo 56. Concurrencia con el orden jurisdiccional penal.
- Artículo 57. Procedimiento.
- Artículo 58. Infracciones.
- Artículo 59. Reincidencia.
- Artículo 60. Sanciones.
- Artículo 61. Graduación de sanciones.
- Artículo 62. Responsables.
- Artículo 63. Prescripción.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 64. Competencia.
- Artículo 65. Procedimiento sancionador.
- Artículo 66. Garantía estadística.
- Disposición adicional primera. Coordinación interdepartamental.
- Disposición adicional segunda. Memoria anual.
- Disposición adicional tercera. Adaptación de la ley foral.
- Disposición adicional cuarta. Creación del Consejo LGTBI+.
- Disposición adicional quinta. Creación del Órgano Coordinador para la Igualdad LGTBI+.
- Disposición adicional sexta. Plan de acción.
- Disposición adicional séptima. Modificación de la Ley Foral 33/2013, de 26 de noviembre
- Disposición transitoria primera. Medidas en el ámbito sanitario.
- Disposición transitoria segunda. Medidas en el ámbito educativo.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor y afectaciones presupuestarias.
- Firma


