Legislación › Real Decreto 719/2017, de 14 de julio, sobre la anotación y cancelación de notas desfavorables en la documentación militar personal.
Artículo 5. Autoridades facultadas para la cancelación.
Artículo 5. Autoridades facultadas para la cancelación.
Tienen facultad para cancelar cualquier nota desfavorable:
a) El Director General de Personal del Ministerio de Defensa para el personal de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas;
b) los Mandos o Jefes de Personal de los Ejércitos para el personal de su respectivo Ejército, y
c) el Subdirector General de Personal de la Guardia Civil, para el personal de este Cuerpo.


