Legislación › Ley 12/2017, de 6 de julio, de la arquitectura.
Artículo 5. Disposición general.
Artículo 5. Disposición general.
Las administraciones públicas de Cataluña han de fomentar los valores de la arquitectura y la calidad arquitectónica, y su reconocimiento y promoción. A este fin, han de adoptar medidas para:
a) La difusión, la sensibilización y el conocimiento de la arquitectura y el patrimonio construido que se ajusten a los valores del artículo 2.
b) El impulso de la calidad arquitectónica.


