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Legislación › Ley 12/2017, de 6 de julio, de la arquitectura.

Artículo 5. Disposición general.

Artículo 5. Disposición general.

Las administraciones públicas de Cataluña han de fomentar los valores de la arquitectura y la calidad arquitectónica, y su reconocimiento y promoción. A este fin, han de adoptar medidas para:

a) La difusión, la sensibilización y el conocimiento de la arquitectura y el patrimonio construido que se ajusten a los valores del artículo 2.

b) El impulso de la calidad arquitectónica.

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