Legislación › Ley 4/2017, de 27 de junio, de accesibilidad universal de la Región de Murcia.
Artículo 16. Licencias y autorizaciones municipales.
Artículo 16. Licencias y autorizaciones municipales.
El cumplimiento de los preceptos de la presente ley, en todos sus ámbitos de aplicación, será exigible para la aprobación de los proyectos de urbanización y su ejecución, para la concesión de las preceptivas licencias y autorizaciones municipales y para las actividades sujetas al régimen de comunicación previa.
Toda concesión de licencias y autorizaciones municipales, sin tener en cuenta los preceptos de la presente ley y su desarrollo reglamentario, serán consideradas nulas de pleno derecho, sin perjuicio de lo dispuesto en el correspondiente régimen sancionador.


