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Legislación › Ley 4/2017, de 27 de junio, de accesibilidad universal de la Región de Murcia.

Artículo 40. Condiciones de accesibilidad a formación y educación.

Artículo 40. Condiciones de accesibilidad a formación y educación.

1. Forman parte del objeto de la presente ley la accesibilidad y el diseño en el ámbito del acceso a la formación y educación.

2. Las administraciones públicas adoptarán las medidas necesarias para garantizar la efectiva accesibilidad universal de cualquier persona a su formación y educación.

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