LexTotal

Legislación › Ley 4/2017, de 27 de junio, de accesibilidad universal de la Región de Murcia.

Artículo 8. Condiciones de accesibilidad de las actividades culturales, deportivas y de ocio.

Artículo 8. Condiciones de accesibilidad de las actividades culturales, deportivas y de ocio.

A través de la presente ley las administraciones públicas garantizarán la accesibilidad universal y el diseño en el acceso a las actividades culturales, deportivas o de ocio y las relacionadas con la naturaleza.

← Artículo 7 Índice Artículo 9 →