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Legislación › Ley 16/2018, de 28 de junio, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de atención al final de la vida.

Artículo 35. Infracciones graves.

Artículo 35. Infracciones graves.

Son infracciones graves:

1. Incumplir las normas relativas a la cumplimentación de los datos clínicos.

2. Impedir el acompañamiento en el proceso de morir, salvo que concurran circunstancias clínicas que así lo justifiquen.

3. Obstaculizar o impedir el disfrute de cualesquiera de los derechos reconocidos en el título II de esta ley, o incumplir cualesquiera de los deberes establecidos en el título III de esta ley.

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