Legislación › Real Decreto 861/2018, de 13 de julio, por el que se establece la normativa básica en materia de declaraciones obligatorias de los sectores del aceite de oliva y las aceitunas de mesa y por el que se modifica el Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
El Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, queda modificado como se recoge a continuación:
Uno. El anexo XII «Autorizaciones concedidas para replantaciones» se substituye por el siguiente:
«ANEXO XII
Autorizaciones concedidas para replantaciones
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Comunidad Autónoma: |
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Fecha de comunicación: |
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Campaña vitícola: |
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Provincia |
Número de hectáreas efectivamente concedidas situadas en superficies admisibles a la producción de***: |
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Vino con DOP* |
Vino con IGP** |
Vino sin DOP/IGP |
Total |
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(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
(5) |
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TOTAL |
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Provincia origen de la autorización (a) |
Vino con DOP* |
Vino con IGP** |
Vino sin DOP/IGP |
Total |
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TOTAL |
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Código DOP (b) |
Vino con Denominación de Origen Protegida (DOP) |
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TOTAL |
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* Estas superficies también pueden ser admisibles para la producción de vino con IGP o vino sin IG; ninguna de las superficies comunicadas en la columna (2) debe ser incluida en la columna (3). ** Estas superficies también pueden ser admisibles para la producción de vino sin IG pero no de vino DOP; ninguna de las superficies comunicadas en la columna (3) debe ser incluida en la columna (4). *** Datos referidos a la campaña vitícola anterior a la comunicación. |
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(a) Se indicará la provincia de origen de la autorización cuando los derechos de replantación o arranques que originaron la misma provengan de otra comunidad autónoma, detallando la superficie concedida a partir de los mismos (vino con DOP, vino con IGP, vino sin DOP/IGP). (b) Se indicará el nombre de la DOP, identificada por su código, y el número de hectáreas del total recogido en la columna (2) que se localizan en la zona geográfica de esa DOP. Fecha límite de la comunicación: 1 octubre.» |
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Dos. El anexo XIII «Derechos de plantación concedidos antes del 31 de diciembre de 2015 y convertidos en autorizaciones-Autorizaciones concedidas» se substituye por el siguiente:
«ANEXO XIII
Derechos de plantación concedidos antes del 31 de diciembre de 2015 y convertidos en autorizaciones – Autorizaciones concedidas
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Comunidad Autónoma: |
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Fecha de comunicación: |
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Campaña vitícola: |
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Provincia |
Número de hectáreas efectivamente concedidas situadas en superficies admisibles a la producción de***: |
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Vino con DOP* |
Vino con IGP** |
Vino sin DOP/IGP |
Total |
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(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
(5) |
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TOTAL |
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Provincia origen de la autorización (a) |
Vino con DOP* |
Vino con IGP** |
Vino sin DOP/IGP |
Total |
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TOTAL |
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Código DOP (b) |
Vino con Denominación de Origen Protegida (DOP) |
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TOTAL |
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* Estas superficies también pueden ser admisibles para la producción de vino con IGP o vino sin IG; ninguna de las superficies comunicadas en la columna (2) debe ser incluida en la columna (3). ** Estas superficies también pueden ser admisibles para la producción de vino sin IG pero no de vino DOP; ninguna de las superficies comunicadas en la columna (3) debe ser incluida en la columna (4). *** Datos referidos a la campaña vitícola anterior a la comunicación. (a) Se indicará la provincia de origen de la autorización cuando los derechos de replantación o arranques que originaron la misma provengan de otra comunidad autónoma, detallando la superficie concedida a partir de los mismos (vino con DOP, vino con IGP, vino sin DOP/IGP). (b) Se indicará el nombre de la DOP, identificada por su código, y el número de hectáreas del total recogido en la columna (2) que se localizan en la zona geográfica de esa DOP. Fecha límite de la comunicación: 1 octubre.» |
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Tres. El anexo XIV «Inventario de superficies de viñedo» se substituye por el siguiente:
«ANEXO XIV
Inventario de superficies de viñedo
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Comunidad Autónoma: |
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Fecha de comunicación: |
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Campaña vitícola: |
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Provincia |
Superficie realmente plantada con viñedo (ha) que son admisibles para la producción de***: |
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Vino con Denominación de Origen Protegida (DOP)* |
Vino con Indicación Geográfica Protegida (IGP)** |
Vino sin DOP/IGP y situado en una zona DOP/IGP |
Vino sin DOP/IGP y situado fuera de una zona DOP/IGP |
Total**** |
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de los cuales están incluidos en la columna (2) |
de los cuales no están incluidos en la columna (2) |
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(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
(5) |
(6) |
(7) |
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TOTAL |
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Código DOP (a) |
Vino con Denominación de Origen Protegida (DOP) |
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TOTAL |
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* Estas superficies también son admisibles para la producción de vino con IGP o vino sin IG. ** Estas superficies también son admisibles para la producción de vino con DOP y vino sin IG (columna (3)), o sólo vino con IGP y vino sin IG (columna (4)). Ninguna de las superficies recogidas en las columnas (3) y (4) deben ser incluidas en las columnas (5) y (6). *** Datos referidos al 31 de julio de la campaña vitícola anterior. **** Valores a introducir en esta columna: (7) = (2) + (4) + (5) + (6). (a) Se indicará el nombre de la DOP, identificada por su código, y el número de hectáreas del total recogido en la columna (2) que se localizan en su zona geográfica de esa DOP. Fecha límite de la comunicación: 1 octubre.» |
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Cuatro. El anexo XVI «Cuadro A. Plantaciones y arranques realizados» se substituye por el siguiente:
«ANEXO XVI
Cuadro A. Plantaciones y arranques realizados
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Comunidad Autónoma: |
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Fecha de comunicación: |
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Campaña vitícola (*): |
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Superficie (ha) |
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Vino con Denominación de Origen Protegida |
Vino con Indicación Geográfica Protegida |
Subtotal vinos DOP/IGP |
Vino sin DOP/IGP |
Total |
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(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
(5) |
(6) |
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Plantaciones de viñedo realizadas(i) |
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Arranques de viñedo realizados(ii) |
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TOTAL |
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Código DOP (a) |
Vino con Denominación de Origen Protegida (DOP) |
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TOTAL |
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(i) Número de hectáreas plantadas situadas en superficies que pueden ser admisibles a la producción de vino con DOP, vino con IGP o vino sin DOP/IGP. (ii) Número de hectáreas arrancadas situadas en superficies que pueden ser admisibles a la producción de vino con DOP, vino con IGP o vino sin DOP/IGP. (a) Se indicará el nombre de la DOP, identificada por su código, y el número de hectáreas del total recogido en la columna (2) que se localizan en la zona geográfica de esa DOP. Fecha límite de la comunicación: 1 octubre. (*) Datos referidos a la campaña vitícola precedente a la de la comunicación.» |
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Cinco. El anexo XVI «Cuadro B. Información sobre derechos de plantación inscritos a 31 de diciembre de 2015 en el registro vitícola y sin convertir en autorizaciones a 31 de julio de la campaña precedente a la de la comunicación» se substituye por el siguiente:
«Cuadro B. Información sobre derechos de plantación inscritos a 31 de diciembre de 2015 en el registro vitícola y sin convertir en autorizaciones a 31 de julio de la campaña precedente a la de la comunicación
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Comunidad Autónoma: |
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Fecha de comunicación: |
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Campaña vitícola: |
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Superficie (ha) |
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Derechos de plantación inscritos en el Registro Vitícola sin convertir a 31 de julio: |
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Total (ha) |
Desglose por fecha de caducidad hasta el 31 de diciembre de 2023 (ha) |
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Fecha límite de la comunicación: 1 octubre.» |
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