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Legislación › Ley 2/2018, de 28 de junio, de Puertos y Transporte Marítimo del País Vasco.

Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de autorizaciones y concesiones.

Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de autorizaciones y concesiones.

Las autorizaciones y concesiones vigentes a la entrada en vigor de la presente ley mantendrán el plazo y las condiciones establecidas en el correspondiente título de otorgamiento, a excepción del régimen tributario de aplicación, que deberá adaptarse a las disposiciones reguladoras de la presente ley.

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