Legislación › Ley 2/2018, de 28 de junio, de Puertos y Transporte Marítimo del País Vasco.
Disposición transitoria tercera. Usos residenciales en la zona de servicio de los puertos.
Disposición transitoria tercera. Usos residenciales en la zona de servicio de los puertos.
Los usos residenciales existentes en la zona de servicio de los puertos a la entrada en vigor de esta ley se entenderán consolidados.
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