Legislación › Ley 4/2018, de 28 de junio, de Formación Profesional del País Vasco.
Disposición final duodécima. Modificación de la Disposición Adicional Tercera, «Integración en el Instituto Vasco de Educación a Distancia (IVED)», de la Ley 1/2013, de 10 de octubre, de Aprendizaje a lo Largo de la Vida.
Disposición final duodécima. Modificación de la Disposición Adicional Tercera, «Integración en el Instituto Vasco de Educación a Distancia (IVED)», de la Ley 1/2013, de 10 de octubre, de Aprendizaje a lo Largo de la Vida.
Se modifica la disposición adicional tercera de la Ley 1/2013, de 10 de octubre, de Aprendizaje a lo Largo de la Vida, que queda como sigue:
«Se integran en el Instituto Vasco de Educación a Distancia (IVED) el Centro Vasco de Educación Básica a Distancia (Cevebad), creado por el Decreto 189/1985, de 11 de junio, y modificado por el Decreto 289/1998, de 27 de octubre; el Instituto de Bachillerato a Distancia Ramiro de Maeztu; el Instituto de Bachillerato a Distancia Indalecio Bizkarrondo, "Bilintx", y el Instituto de Bachillerato a Distancia de Bizkaia.
Las actuales plantillas de personal de los citados centros se adscribirán e integrarán, funcional y orgánicamente, como personal del Instituto Vasco de Educación a Distancia.»
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