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Legislación › Real Decreto 1113/2018, de 7 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.

Disposición adicional octava. Desconcentración de competencias.

Disposición adicional octava. Desconcentración de competencias.

De acuerdo con el artículo 325.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, se desconcentran en la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación las competencias de la Junta de Contratación Centralizada salvo las relativas a los actos de adjudicación de los acuerdos marco, los sistemas dinámicos de la contratación y los contratos que no se basen en un acuerdo marco y no se hayan tramitado mediante procedimientos negociados sin publicación previa de un anuncio de licitación que se basen en las causas establecidas en el artículo 168.a).2.º de la citada Ley.

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