LexTotal

Legislación › Decreto-ley 4/2018, de 17 de julio, por el que se asume la gestión directa del servicio de abastecimiento de agua a poblaciones por medio de las instalaciones de la red de abastecimiento Ter-Llobregat de titularidad de la Generalidad y se crea el Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat.

Disposición final primera. Habilitaciones.

Disposición final primera. Habilitaciones.

1. El Gobierno, a propuesta de la persona titular del departamento competente en materia de agua, puede modificar, por decreto, el capítulo 2 y la disposición adicional quinta de este Decreto ley.

2. Se faculta al Departamento de Territorio y Sostenibilidad para la realización de las gestiones necesarias ante organismos oficiales relativas a la constitución del Ente y para presentar el balance de apertura en la sesión constitutiva del Consejo de Administración del Ente.

← Disposición derogatoria Índice Disposición final segunda →