Legislación › Decreto-ley 4/2018, de 17 de julio, por el que se asume la gestión directa del servicio de abastecimiento de agua a poblaciones por medio de las instalaciones de la red de abastecimiento Ter-Llobregat de titularidad de la Generalidad y se crea el Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat.
Disposición final primera. Habilitaciones.
Disposición final primera. Habilitaciones.
1. El Gobierno, a propuesta de la persona titular del departamento competente en materia de agua, puede modificar, por decreto, el capítulo 2 y la disposición adicional quinta de este Decreto ley.
2. Se faculta al Departamento de Territorio y Sostenibilidad para la realización de las gestiones necesarias ante organismos oficiales relativas a la constitución del Ente y para presentar el balance de apertura en la sesión constitutiva del Consejo de Administración del Ente.
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