LexTotal

Legislación › Orden EFP/962/2018, de 18 de septiembre, por la que se regulan las características y la organización, se determina el currículo y se regulan los certificados del nivel básico A2, y se establece el currículo y la organización de los niveles intermedio B1, e intermedio B2, de las Enseñanzas de idiomas de régimen especial de alemán, árabe, español como lengua extranjera, francés e inglés, y del nivel avanzado C1 de inglés, impartidas en las escuelas oficiales de idiomas de Ceuta y de Melilla.

Artículo 6. Organización y duración de las enseñanzas de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, y Avanzado C1.

Artículo 6. Organización y duración de las enseñanzas de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, y Avanzado C1.

1. Las enseñanzas de los niveles Intermedio B1 e Intermedio B2 de los idiomas alemán, español como lengua extranjera, francés e inglés se organizarán en dos cursos de 120 horas cada uno por cada nivel, que podrán impartirse en modalidad diaria, alterna o intensiva.

2. Las enseñanzas del nivel Intermedio B1 del idioma árabe se organizarán en tres cursos de 120 horas cada uno, que podrán impartirse en modalidad diaria, alterna o intensiva.

3. Las enseñanzas del nivel Intermedio B2 del idioma árabe se organizarán en dos cursos de 120 horas cada uno, que podrán impartirse en modalidad diaria, alterna o intensiva.

4. Las enseñanzas de nivel Avanzado C1 de los idiomas francés e inglés se organizarán en dos cursos de 120 horas cada uno, que podrán impartirse en modalidad diaria, alterna o intensiva.

Se modifica el apartado 4 por el art. único.3 de la Orden EFP/322/2021, de 31 de marzo. BOE-A-2021-5484

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de abril de 2021 En vigor BOE-A-2021-5484 Leer Qué cambió
21 de septiembre de 2018 Texto original Leer

← Artículo 5 Índice Artículo 7 →