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Legislación › Orden PCI/978/2018, de 20 de septiembre, por la que se regulan los currículos de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil mediante las formas de ingreso por acceso directo sin titulación universitaria y por promoción profesional; se dictan las normas de evaluación, y de progreso y permanencia en el centro docente de formación; y se regulan las titulaciones que permiten el ingreso.

Artículo 19. Instrucción y adiestramiento.

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Artículo 19. Instrucción y adiestramiento.
1. La materia de instrucción y adiestramiento constituye el conjunto de las prácticas integradas y convergentes de las materias específicas a lo largo de todo el desarrollo del correspondiente plan de estudios.
2. Normas generales:
a) Se establecerán periodos en los que instrucción y adiestramiento tenga carácter exclusivo sobre el resto de materias del currículo.
b) Se impartirá a lo largo de todos los cursos académicos, y será calificada como una materia más. Los programas de estudios que desarrollen anualmente los distintos currículos detallarán la distribución temporal y contenido, contenido tomando como referencia el Manual de Intervención Operativa.
c) Se concretará principalmente en ejercicios y prácticas, realizadas por grupos de entidad variable, relacionados con el desempeño profesional. También comprenderá, en su caso, períodos de prácticas, intercambios o visitas a unidades de la Guardia Civil u otros organismos nacionales o internacionales siempre que estén relacionados con el futuro desarrollo profesional.
d) El módulo de instrucción y adiestramiento que se desarrolle en los cursos 1.º y 2.º del currículo correspondiente al acceso directo sin titulación, titulación universitaria previa, así como el periodo de formación que se regirá desarrolle en la Academia General Militar del Ejército de Tierra durante el curso 1.º de acceso directo con titulación universitaria previa, se regirán por lo establecido en el Plan de estudios de la enseñanza de formación para la integración en el Cuerpo General del Ejército de Tierra mediante la forma las formas de ingreso sin titulación, y con titulación universitaria previa respectivamente, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo siguiente.
3. La superación de la materia de instrucción y adiestramiento habilitará para estar en disposición de realizar la planificación y dirección de los ejercicios la instrucción de tiro establecidos para las unidades una unidad tipo comandancia o similar de acuerdo con el Sistema de Intervención Operativa de la Guardia Civil.
4. Los alumnos, El alumnado, una vez superada esta materia, obtendrán las competencias básicas sobre técnicas de intervención operativa que debe conocer todo componente del Cuerpo, pudiendo obtener, en el último curso tras la superación de su currículo, la formación complementaria que se determine, la titulación de Profesor del Sistema de Intervención Operativa de la Guardia Civil.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de septiembre de 2024 En vigor BOE-A-2024-19389 Leer Qué cambió
26 de septiembre de 2018 Texto original Leer

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