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Legislación › Orden PCI/978/2018, de 20 de septiembre, por la que se regulan los currículos de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil mediante las formas de ingreso por acceso directo sin titulación universitaria y por promoción profesional; se dictan las normas de evaluación, y de progreso y permanencia en el centro docente de formación; y se regulan las titulaciones que permiten el ingreso.

Artículo 9. Créditos ECTS del currículo y de las asignaturas.

Artículo 9. Créditos ECTS del currículo y de las asignaturas.

1. La carga lectiva de cada currículo, para cada forma de ingreso, será la incluida en los capítulos II, III y IV de este título.

2. Para la distribución interna de los créditos ECTS asignados a cada asignatura, se tendrá en cuenta que por cada hora de clase lectiva presencial del alumno se consignarán, con carácter general, 1,5 horas de estudio.

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