Legislación › Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias.
Artículo 10. Familias en situación de vulnerabilidad económica especial.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de julio de 2022 y la del 1 de enero de 2023.
Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 10. Familias en situación de vulnerabilidad económica especial.
En el marco de esta ley, se entiende entienden por familias en situación de vulnerabilidad económica especial las familias beneficiarias de la renta social garantizada, del ingreso mínimo vital vital, de pensiones no contributivas o de las rentas mínimos mínimas de inserción o las que tienen el subsidio de desempleo desocupación como único ingreso.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de marzo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-13761 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2023 | BOE-A-2023-2980 | Leer | Qué cambió |
| 13 de julio de 2022 | BOE-A-2022-15292 | Leer | Qué cambió |
| 8 de agosto de 2018 | Texto original | Leer |


