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Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias.

En vigor Comunidad Autónoma de las Illes Balears · Publicada el 29 de septiembre de 2018 · Último cambio el 30 de diciembre de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Principios rectores.
  5. Artículo 3. Objetivos.
  6. Artículo 4. Ámbito de aplicación.
  7. Artículo 5. Situaciones familiares con necesidad de mayor protección.
  8. Artículo 6. Familias numerosas.
  9. Artículo 7. Familias monoparentales.
  10. Artículo 8. Familias en riesgo social.
  11. Artículo 9. Familias con personas en situación de dependencia o con discapacidad.
  12. Artículo 10. Familias en situación de vulnerabilidad económica especial. 4 redacciones · cambió el 07/03/2023
  13. Artículo 11. Protección de la maternidad.
  14. Artículo 12. Familias con dos hogares a causa de separación o divorcio.
  15. TÍTULO I
  16. CAPÍTULO I
  17. Artículo 13. Principios generales.
  18. Artículo 14. Impuestos cedidos a la comunidad autónoma.
  19. Artículo 15. Tasas y precios públicos. 2 redacciones · cambió el 29/12/2018
  20. CAPÍTULO II
  21. Artículo 16. Garantía de ingresos.
  22. Artículo 17. Medidas técnicas en materia de servicios sociales.
  23. Artículo 18. Prestaciones para el cuidado de personas dependientes.
  24. Artículo 19. Ayudas de emergencia.
  25. Artículo 20. Ayudas por parto múltiple o adopción.
  26. Artículo 21. Ayudas para la adaptación de la vivienda.
  27. Artículo 22. Compensación por acogimiento familiar.
  28. Artículo 23. Ayudas para menores víctimas de violencia machista.
  29. Artículo 24. Otras prestaciones.
  30. CAPÍTULO III
  31. Artículo 25. Conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
  32. Artículo 26. Medidas en el ámbito educativo.
  33. Artículo 27. Medidas en materia de empleo.
  34. Artículo 28. Medidas en materia de salud.
  35. Artículo 29. Medidas en materia de vivienda.
  36. Artículo 30. Medidas en materia de cultura, deporte, ocio y tiempo libre.
  37. Artículo 31. Medidas en materia de nuevas tecnologías.
  38. Artículo 32. Medidas en materia de consumo.
  39. Artículo 33. Colaboración socio-sanitaria.
  40. TÍTULO II
  41. Artículo 34. Elaboración de iniciativas legislativas y estudio de impacto familiar. 2 redacciones · cambió el 30/12/2023
  42. Artículo 35. Fomento de la participación.
  43. Artículo 36. Consejo de la Infancia y Familia de las Illes Balears.
  44. Artículo 37. Comisión Interdepartamental.
  45. TÍTULO III
  46. Artículo 38. Obligaciones de las personas titulares de familia monoparental.
  47. Artículo 39. Régimen sancionador.
  48. Disposición adicional primera. Evaluación de la implantación.
  49. Disposición adicional segunda. Exención de tasas.
  50. Disposición adicional tercera. Cesión de datos personales en los supuestos de comprobación de los requisitos para acreditar la situación de familia monoparental.
  51. Disposición adicional cuarta. Compatibilidad de títulos.
  52. Disposición adicional quinta. Reconocimiento de los títulos de familias monoparentales de otras comunidades autónomas.
  53. Disposición adicional sexta. Colaboración entre las administraciones públicas para la consulta de datos personales.
  54. Disposición adicional séptima. Partidas presupuestarias.
  55. Disposición adicional octava. IBESTAT.
  56. Disposición adicional novena. Plan interinstitucional de coordinación.
  57. Disposición transitoria primera. Implantación de las medidas.
  58. Disposición transitoria segunda. Acceso a las medidas para familias con personas en situación de discapacidad.
  59. Disposición derogatoria única. Normas que se derogan.
  60. Disposición final primera. Habilitación normativa.
  61. Disposición final segunda. Guía de impacto familiar.
  62. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  63. [firma]