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Legislación › Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias.

Artículo 24. Otras prestaciones.

Artículo 24. Otras prestaciones.

El Gobierno de las Illes Balears, además de las ayudas y las rentas previstas en los artículos anteriores, puede establecer otras prestaciones económicas para la atención de necesidades o situaciones familiares que lo requieran.

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