Legislación › Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias.
Artículo 24. Otras prestaciones.
Artículo 24. Otras prestaciones.
El Gobierno de las Illes Balears, además de las ayudas y las rentas previstas en los artículos anteriores, puede establecer otras prestaciones económicas para la atención de necesidades o situaciones familiares que lo requieran.


