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Legislación › Ley 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés.

Artículo 23. Sanciones por incumplimiento de la obligación de suministrar información.

Artículo 23. Sanciones por incumplimiento de la obligación de suministrar información.

Las sanciones aplicables a las infracciones cometidas por los sujetos obligados a suministrar información de conformidad con el artículo 3 serán las siguientes:

a) Multa de 3.001 a 10.000 euros para las infracciones muy graves.

b) Multa de 501 a 3.000 euros para las infracciones graves.

c) Amonestación o multa de 100 a 500 euros para las infracciones leves.

d) Como sanción accesoria de las infracciones muy graves y graves podrá imponerse, en su caso, el reintegro total o parcial de la subvención concedida o la resolución del contrato, concierto o vínculo establecido.

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