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Legislación › Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

ANEXO V

ANEXO V

Tipos de pequeñas y medianas explotaciones vitícolas

  Umbrales de tamaño en hectáreas*

Comunidad Autónoma

Explotación pequeña Explotación mediana
(ha) (ha)
Andalucía. ≥0,5 a ≤ 3 >3 a ≤ 10
Aragón. ≥0,5 a ≤ 5 >5 a ≤ 10
Principado de Asturias. ≥0,1 a ≤ 1 >1 ≤ 6
Illes Balears. ≥0,5 a ≤ 4 >4 a ≤ 8
Cantabria. ≥0,1 a ≤ 2 >2 a ≤ 6
Castilla-La Mancha. ≥0,5 a ≤ 7 >7 a ≤ 18
Castilla y León. ≥0,5 a ≤ 7 >7 a ≤ 21
Cataluña. ≥0,5 a ≤ 8 >8 a ≤ 20
Extremadura. ≥0,5 a ≤ 8 >8 a ≤ 21
Galicia. ≥0,1 a ≤ 2 >2 a ≤ 4
Comunidad de Madrid. ≥0,5 a ≤ 2 >2 a ≤ 9
Región de Murcia. ≥0,5 a ≤ 8 >8 a ≤ 23
Comunidad Foral de Navarra. ≥0,5 a ≤ 7 >7 a ≤ 14
País Vasco. ≥0,5 a ≤ 10 >10 a ≤ 21
La Rioja. ≥0,5 a ≤ 5 >5 a ≤ 11
Comunitat Valenciana. ≥0,5 a ≤ 5 >5 a ≤ 10

* Los umbrales entre las explotaciones pequeñas y medianas se han obtenido con base en los datos de los registros vitícolas de las comunidades autónomas y la superficie media de las explotaciones con Orientación Técnico-Económica Viticultura (OTE 35) de dimensión económica superior a 8.000 euros de Producción Estándar Total (PET) del Censo Agrario 2020 elaborado por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Se modifica por el art. único.23 del Real Decreto 32/2023, de 24 de enero. BOE-A-2023-2024

Téngase en cuenta la disposición transitoria única del citado Real Decreto, en cuanto a la aplicación de los criterios de prioridad en 2023.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2023-2024 Leer Qué cambió
31 de octubre de 2018 Texto original Leer

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