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Legislación › Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

ANEXO V

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de octubre de 2018 y la del 26 de enero de 2023. Tachado: lo que se quitó (105 palabras). Subrayado: lo que se añadió (122 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO V
Tipos de pequeñas y medianas explotaciones vitícolas
·
Umbrales de tamaño en hectáreas* ·
Comunidad autónoma Autónoma
·
Explotación pequeña ·
Explotación mediana ·
(ha) ·
(ha) ·
Andalucía. ·
≥0,5 a ≤ 13,94 3 ·
>13,94 >3 a ≤ 50 10 ·
Aragón. ·
≥0,5 a ≤ 17,10 5 ·
>17,10 >5 a ≤ 50 10 ·
Islas Baleares. Principado de Asturias. ·
≥0,1 a ≤ 1 ·
>1 ≤ 6 ·
Illes Balears. ·
≥0,5 a ≤ 15,49 4 ·
>15,49 >4 a ≤ 50 8 ·
Cantabria. ·
≥0,1 a ≤ 2 ·
>2 a ≤ 6 ·
Castilla-La Mancha. ·
≥0,5 a ≤ 17,10 7 ·
>17,10 >7 a ≤ 50 18 ·
Castilla y León. ·
≥0,5 a ≤ 16,40 7 ·
>16,40 >7 a ≤ 50 21 ·
Cataluña. ·
≥0,5 a ≤ 16,19 8 ·
>16,19 >8 a ≤ 50 20 ·
Extremadura. ·
≥0,5 a ≤ 24,72 8 ·
>24,72 >8 a ≤ 50 21 ·
Galicia. ·
≥0,5 ≥0,1 a ≤ 2,67 2 ·
>2,67 >2 a ≤ 50 4 ·
Comunidad de Madrid. ·
≥0,5 a ≤ 8,88 2 ·
>8,88 >2 a ≤ 50 9 ·
Región de Murcia. ·
≥0,5 a ≤ 19,80 8 ·
>19,80 >8 a ≤ 50 23 ·
Comunidad Foral de Navarra. ·
≥0,5 a ≤ 23,48 7 ·
>23,48 >7 a ≤ 50 14 ·
País Vasco. ·
≥0,5 a ≤ 11,52 10 ·
> 11,52 >10 a ≤ 50 21 ·
La Rioja. ·
≥0,5 a ≤ 10,76 5 ·
>10,76 >5 a ≤ 50 11 ·
Comunidad Comunitat Valenciana. ·
≥0,5 a ≤ 12,60 5 ·
> 12,60 >5 a ≤ 50 10 ·
* El umbral que separa la explotación pequeña Los umbrales entre las explotaciones pequeñas y mediana medianas se ha han obtenido a partir con base en los datos de la Encuesta sobre la Estructura los registros vitícolas de las Explotaciones Agrícolas de 2016 del INE, a partir de comunidades autónomas y la SAU superficie media de las explotaciones con Orientación Técnico-Económica Viticultura (OTE 35) de la OTE viticultura que generan al menos 1 UTA. Por ausencia dimensión económica superior a 8.000 euros de datos significativos, en Principado Producción Estándar Total (PET) del Censo Agrario 2020 elaborado por el Instituto Nacional de Asturias y Cantabria se considerarán como pequeñas todas las explotaciones entre 0,5 y 50 has. Estadística (INE).
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2023-2024 Leer Qué cambió
31 de octubre de 2018 Texto original Leer

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