Legislación › Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias.
Artículo 38. Naturaleza.
Artículo 38. Naturaleza.
1. El Parlamento de Canarias, órgano representativo del pueblo canario, es elegido mediante sufragio universal, directo, igual, libre y secreto.
2. El Parlamento de Canarias es inviolable.
3. La duración del mandato será de cuatro años, sin perjuicio de los supuestos de disolución anticipada.


