Legislación › Real Decreto 1269/2018, de 11 de octubre, por el que se determinan la composición, las funciones y las normas de funcionamiento del Consejo Forestal Nacional.
Artículo 4. Secretaría del Consejo.
Artículo 4. Secretaría del Consejo.
La secretaría del Consejo será desempeñada por la persona titular de la Subdirección General de Política Forestal y Lucha contra la Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, o por una persona con la condición de funcionario del grupo A1 de esta Subdirección General, designada por la persona titular de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, pudiendo ser asistida por personal de la mencionada Dirección General.
Se modifica por la disposición final 2.3 del Real Decreto 159/2022, de 1 de marzo. BOE-A-2022-3717
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de marzo de 2022 En vigor | BOE-A-2022-3717 | Leer | Qué cambió |
| 8 de noviembre de 2018 | Texto original | Leer |


