LexTotal

Legislación › Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía.

Artículo 32. Seguimiento presupuestario de las actuaciones de la Junta de Andalucía en materia de cambio climático.

Artículo 32. Seguimiento presupuestario de las actuaciones de la Junta de Andalucía en materia de cambio climático.

La Consejería con competencia en materia medioambiental elaborará un informe anual sobre el grado de ejecución de los créditos del Presupuesto, relacionado con los indicadores establecidos en el artículo anterior, así como con las consecuciones en términos reales de los mismos. Dicho informe será público.

Se modifica por la disposición final 6.2 de la Ley 3/2019, de 22 de julio. BOE-A-2019-12122

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de julio de 2019 En vigor BOE-A-2019-12122 Leer Qué cambió
15 de enero de 2019 Texto original Leer

← Artículo 31 Índice Artículo 33 →