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Legislación › Ley 8/2017, de 28 de diciembre, para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía.

Artículo 48. Criterio de actuación de la Administración.

Artículo 48. Criterio de actuación de la Administración.

La Administración autonómica adoptará las medidas necesarias para eliminar cualquier tipo de discriminación, directa o indirecta, por causa de orientación sexual, identidad sexual o expresión de género que pueda presentarse en el acceso a los recursos y prestaciones de servicios.

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