Legislación › Ley 8/2017, de 28 de diciembre, para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía.
Artículo 9. Carácter transversal de las políticas públicas.
Artículo 9. Carácter transversal de las políticas públicas.
La Comunidad Autónoma implementará una política proactiva de carácter transversal dirigida a la plena integración de las personas LGTBI, en base a los principios de no discriminación por causa de orientación sexual, identidad de género y expresión de género, destinando para ello los instrumentos y estructuras necesarias que garanticen su viabilidad. Dicha política prestará especial atención a aquellos casos en los que pueda concurrir discriminación múltiple.


