LexTotal

Legislación › Real Decreto 1400/2018, de 23 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre seguridad nuclear en instalaciones nucleares.

Artículo 24. Construcción y montaje.

Artículo 24. Construcción y montaje.

El titular debe garantizar que los procesos de construcción, fabricación y montaje de las estructuras, sistemas y componentes de la instalación se llevan a cabo de acuerdo a su clasificación de seguridad y sísmica, y calificación ambiental.

Dichos procesos de construcción, fabricación y montaje deben:

a) Asegurar el cumplimiento de las bases de diseño de la instalación con los márgenes de seguridad establecidos.

b) Asegurar una fiabilidad acorde con su importancia para la seguridad.

← Artículo 23 Índice Artículo 25 →