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Legislación › Ley 21/2018, de 16 de octubre, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana.

Artículo 38. Racionalización técnica de la contratación.

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Artículo 38. Racionalización técnica de la contratación.
Las mancomunidades de ámbito comarcal podrán crear centrales de contratación, y también podrán concluir acuerdos marco destinados a los municipios asociados a la mancomunidad. (suprimido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de junio de 2025 En vigor BOE-A-2025-11959 Leer Qué cambió
20 de octubre de 2018 Texto original Leer

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