Legislación › Ley 21/2018, de 16 de octubre, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana.
Disposición adicional primera. Suspensión del procedimiento de creación o constitución de una mancomunidad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de octubre de 2018 y la del 1 de junio de 2025.
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Disposición adicional primera. Suspensión del procedimiento de creación, calificación creación o constitución de una mancomunidad.
En el caso de que durante la tramitación de un procedimiento de creación, calificación creación o constitución de una mancomunidad se celebraran elecciones municipales, este quedará en suspenso hasta tanto sean designados los nuevos representantes de los municipios que resulten del proceso electoral.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de junio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-11959 | Leer | Qué cambió |
| 20 de octubre de 2018 | Texto original | Leer |
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