Legislación › Ley 22/2018, de 6 de noviembre, de Inspección General de Servicios y del sistema de alertas para la prevención de malas prácticas en la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental.
Artículo 28. Códigos de buenas prácticas y protocolos de actuación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 2025 y la del 3 de julio de 2026. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo 28. Códigos de buenas prácticas y protocolos de actuación.
1. La conselleria competente en materia de inspección general de servicios promoverá la elaboración y aprobación de códigos de buenas prácticas para la prevención y detección de irregularidades, así como de protocolos de actuación y aplicación del sistema de alertas, cuando sea necesario para garantizar su eficacia.
2. Los códigos serán aprobados por el Consell y se aplicarán al personal al servicio de la Administración de y del sector público instrumental de la Generalitat con las precisiones y adaptaciones que se puedan establecer en función de sus características específicas y la materia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de julio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-15683 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2025 | BOE-A-2025-90320 | Leer | Qué cambió |
| 28 de noviembre de 2018 | Texto original | Leer |


