Legislación › Ley 8/2018, de 23 de octubre, del comercio ambulante de Extremadura.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas, a la entrada en vigor de la presente ley, cuantas disposiciones de igual o inferior rango se contradigan con lo dispuesto en la misma. En concreto, se suprime el artículo 14 de la Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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