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Ley 8/2018, de 23 de octubre, del comercio ambulante de Extremadura.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 30 de noviembre de 2018 · Último cambio el 4 de agosto de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Concepto de venta ambulante o no sedentaria.
- Artículo 3. Modalidades de venta ambulante o no sedentaria.
- Artículo 4. Sujetos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Régimen de autorización de la actividad de venta ambulante o no sedentaria. 2 redacciones · cambió el 04/08/2026
- Artículo 6. Procedimiento de concesión de autorizaciones.
- Artículo 7. Requisitos generales para la obtención de la autorización municipal.
- Artículo 8. Ejercicio de la actividad.
- Artículo 9. Modificación las autorizaciones.
- Artículo 10. Transmisión de las autorizaciones. 2 redacciones · cambió el 04/08/2026
- Artículo 11. Extinción y revocación de la autorización.
- Artículo 12. Zona habilitada para el mercadillo.
- CAPÍTULO III
- Artículo 13. Ordenanzas Municipales. 2 redacciones · cambió el 08/06/2021
- CAPÍTULO IV
- Artículo 14. Potestad sancionadora. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 15. Procedimiento sancionador.
- Artículo 16. Responsabilidad.
- Artículo 17. Infracciones.
- Artículo 18. Cuantía de las sanciones. 2 redacciones · cambió el 08/06/2021
- Artículo 19. Sanciones accesorias. 2 redacciones · cambió el 08/06/2021
- Artículo 20. Graduación de las sanciones.
- Artículo 21. Prescripción de las infracciones y sanciones.
- Artículo 22. Comunicación de sanciones. 2 redacciones · cambió el 08/06/2021
- Disposición transitoria primera. Adaptación de ordenanzas municipales.
- Disposición transitoria segunda. Autorizaciones municipales.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario y actualización de sanciones.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]
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