Legislación › Ley 8/2018, de 23 de octubre, del comercio ambulante de Extremadura.
Disposición transitoria primera. Adaptación de ordenanzas municipales.
Disposición transitoria primera. Adaptación de ordenanzas municipales.
Los Ayuntamientos que dispusiesen de ordenanzas vigentes reguladoras de la venta ambulante, deberán proceder a su adaptación antes del 1 de enero de 2020.


