LexTotal

Legislación › Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra.

Artículo 84. Notificación y anotación.

Artículo 84. Notificación y anotación.

La Resolución que ponga fin al expediente disciplinario se notificará al interesado y, en caso de ser sancionadora, se anotará en su expediente personal.

Igualmente, se dará traslado de la Resolución a los órganos administrativos necesarios.

← Artículo 83 Índice Disposición adicional primera →