Legislación › Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Artículo 22. Principios de contratación de las entidades concertadas.
Artículo 22. Principios de contratación de las entidades concertadas.
Las entidades que colaboren mediante acción concertada o cooperación directa y que no tengan la condición de poder adjudicador, aplicarán, siempre que sea posible, los principios de transparencia y concurrencia cuando deban realizar contratos.


