Legislación › Ley 6/2018, de 26 de noviembre, de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 20. Plazos de identificación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de noviembre de 2018 y la del 1 de febrero de 2020.
Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (11 palabras).
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Artículo 20. Plazos de identificación.
La identificación de perros, gatos y hurones los animales de compañía en los casos en que resulte obligatoria debe realizarse antes de los tres meses de edad, pudiéndose establecer reglamentariamente los plazos de identificación de otras especies.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de febrero de 2020 En vigor | BOE-A-2020-1939 | Leer | Qué cambió |
| 30 de noviembre de 2018 | Texto original | Leer |


