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Legislación › Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha.

Disposición final quinta. Adaptaciones sobre el contenido del currículo regulador del sistema educativo.

Disposición final quinta. Adaptaciones sobre el contenido del currículo regulador del sistema educativo.

La consejería competente en materia de educación desarrollará las actuaciones necesarias para adaptar el contenido del currículo regulador del sistema educativo en cada una de sus etapas, ciclos, grados y modalidades a lo previsto en la presente ley en los mismos plazos del calendario de implantación establecido por los apartados 3 a 6 de la disposición final quinta de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Se modifica por el art. 3 de la Ley 1/2022, de 14 de enero de 2022. BOE-A-2022-4919

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de febrero de 2022 En vigor BOE-A-2022-4919 Leer Qué cambió
15 de noviembre de 2018 Texto original Leer

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