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Legislación › Real Decreto 1464/2018, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre y el Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del Derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia de mercado de valores, y por el que se modifican parcialmente el Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifican parcialmente el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre, y otros reales decretos en materia de mercado de valores.

Disposición final undécima. Entrada en vigor de las modificaciones de los artículos del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores a que se refiere el párrafo primero del apartado 2 de la disposición final quinta del Real Decreto-ley 14/2018, de 28 de septiembre.

Disposición final undécima. Entrada en vigor de las modificaciones de los artículos del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores a que se refiere el párrafo primero del apartado 2 de la disposición final quinta del Real Decreto-ley 14/2018, de 28 de septiembre.

A efectos de lo establecido en el párrafo primero del apartado 2 de la disposición final quinta del Real Decreto-ley 14/2018, de 28 de septiembre, el presente real decreto constituye la norma de desarrollo de los artículos del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores referidos en el párrafo primero del apartado 2 de la disposición final quinta del Real Decreto-ley 14/2018, de 28 de septiembre. De acuerdo con esta última norma, las modificaciones que realiza de dichos artículos del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores entrarán en vigor en el momento en que lo haga el presente real decreto.

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