Legislación › Real Decreto 50/2018, de 2 de febrero, por el que se desarrollan las normas de control de subproductos animales no destinados al consumo humano y de sanidad animal, en la práctica cinegética de caza mayor.
Artículo 10. Controles.
Artículo 10. Controles.
La autoridad competente llevará a cabo controles, en la forma y con la frecuencia que ésta disponga, sobre el cumplimiento de lo previsto en este real decreto.


